El desarrollo local está llamado a convertirse en una de las estrategias de crecimiento endógeno más importantes, especialmente en el marco de la inserción socio-laboral. Su importancia ha obligado a reglamentar y dedicar un estudio sobre dicho concepto bajo un planteamiento muy llevado y traído en el discurso político y económico en Cuba la frase: «desde abajo», esto es, destacando y analizando el papel que desempeñan el conjunto de agentes de una determinada localidad en su desarrollo y crecimiento económico y social, aprovechando de la forma más eficiente posible los recursos disponibles. Finalmente, se destaca el importante papel movilizador realizado por la Economía Social en el proceso de desarrollo local.
Digamos que «el desarrollo económico consiste en crear, dentro de una economía local o regional, la capacidad
necesaria para hacer frente a los retos y oportunidades que puedan presentarse en una situación de rápido cambio económico, tecnológico y social». Pero es importante aclarar que: » No se trata tan sólo de un simple incremento de la actividad y la productividad económicas, sino que viene acompañado de transformaciones estructurales; el
proceso implica profundas modificaciones y sus estructuras evolucionan hacia formas superiores».
Recomendamos leer la Gaceta Oficial o descargarla directamente desde este enlace. O visitar el perfil personal de Oniel Díaz Co-Fundador en AUGE, donde explica en detalles esta nueva ley.
Esta nueva medida sin dudas es beneficiosa sobre todo para los entes locales y Gobiernos Municipales pues pone en sus manos las decisiones de aprobar este tipo de proyectos.
Queda a ellos y sus cuadros la misión de identificar y aprobar estos proyectos, que bien conducidos y sin estigmas, pueden llevar a determinadas localidades a desarrollarse de forma sustentable y económicamente viable.
En cuanto a la adquisición de recursos es importante destacar que dicha ley prevé la realización del reaprovisionamiento de los proyectos de desarrollo local para su actividad y los proyectos sociales que acompañe en el mercado mayorista, y de ser necesario, en el mercado minorista; (Artículo 36 inciso e). Recordemos que este tema es un punto neurálgico aun en el contexto actual donde no se logra el acceso de los TCP a los mercados mayoristas por la ausencia de los mismos o la falta de oferta.
Entre otras ventajas destacan la remuneración a todos los participantes del Proyecto de Desarrollo Local a partir de las utilidades que el mismo genere, distribuyendose el 50% de las utilidades después de cumplir con las obligaciones tributarias. (Artículo 36 Inciso b).
Cómo se financian estos proyectos
En el Capitulo IV se establece que los Proyectos podrán contar con diferentes fuentes entre las que se destacan las siguientes:
a) Contribución territorial para el desarrollo local;
b) fondos para proyectos de desarrollo local;
c) fondos del Gobierno Provincial del Poder Popular;
d) fondo nacional de medio ambiente;
e) fondo nacional para el desarrollo forestal;
f) fondo financiero de ciencia e innovación;
g) fondo financiero de los programas territoriales de ciencia e innovación aprobados para los territorios;
h) cooperación internacional;
i) recursos financieros propios de los actores locales;
j) presupuesto del Estado;
k) otros recursos financieros provenientes del exterior; y
l) cualquier otro recurso financiero, de conformidad con la legislación vigente.
Para diferenciar y potenciar los PDL también se legisla diferenciar el régimen tributario y de precios, aspecto este que tendrá un impacto positivo entre las partes contractuales .